Cómo asegurar que mis trabajadores de home office cumplen

A medida que transcurre la pandemia cada vez más personas se van integrado a la modalidad de home office, pero hay que decir que ha sucedido bajo un panorama descontrolado, en principio porque muchas empresas tomaron dicha forma como una opción emergente para no detener su productividad, sin pensar que iba a convertirse en una forma adoptable.

Debido a la gran cantidad de personas que lo efectúan bajo un variado entendimiento de lo que es el trabajo desde casa, al escaso consenso a nivel reglamentario y con el objetivo de que tanto patrones como trabajadores tengan una base legal, en diciembre de 2020 México emitió la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo.

Marco legal del home office

Definición de conceptos

  • El teletrabajo es el que se ejecuta habitualmente para un patrón en el domicilio del trabajador o un local libremente elegido por él.
  • Se reconoce a las personas trabajadoras que desarrollen más del 40% del tiempo sus actividades en casa o en el domicilio elegido por estas.

Si el trabajador se ve en la necesidad de mover contantemente el lugar desde el que trabaja, deberá llegar a un convenio con el patrón, toda vez que, según estos punto, es este quien decide dónde desempeñará su trabajo.

Integración legal

  • Este esquema deberá formar parte del contrato colectivo y deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de las personas trabajadoras.

Artículo 330-B, apartado VI

  • El contrato contendrá los mecanismos de contacto y supervisión entre las partes, así como la duración y distribución de horarios, siempre que no excedan los máximos legales.
  • Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral.
  • Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades.

En materia de horarios, no establece la jornada de 8 horas, debido a que se ha descubierto que en el trabajo desde casa, la productividad es mayor en un menor tiempo, de modos que ambas partes deberán establecer si se cotizará por jornada, por horas cumplidas o por resultados.

Artículo 330-I

  • Los mecanismos, sistemas operativos y cualquier tecnología utilizada para supervisar el teletrabajo deberán ser proporcionales a su objetivo, debe garantizar el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, respetando el marco jurídico aplicable en materia de protección de datos personales.
  • Solamente se podrán utilizar cámaras de video y micrófonos para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria, o cuando la naturaleza de las funciones desempeñadas por la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo lo requiera.

Al utilizar los medios de comunicación sociales como primera opción de vigilancia, debido a su disponibilidad, principalmente el uso de video (videollamadas), se hizo evidente la intrusión a la intimidad del colaborador (y su familia), lo que atenta contra la protección de datos personales que habla de no obtener ninguno de estos sin consentimiento.

El programa adecuado

Actualmente hay una gran demanda de sistemas o programas de control del trabajo home office para observar el desempeño de la planilla que labora en esta modalidad, que, como se ha dicho, tiene características propias y una reglamentación ex profeso. Es importante, a la hora de adquirir un programa de gestión de productividad remota, revisar bien sus características, que cubran las necesidades y que no incurra en violaciones legales, porque eso asegura que te manejas conforme a ley evitarás problemas en el futuro.




Porque los boletines pueden ser interesante.

[Form id=”2″]

Abrir chat
¿Requieres información de los productos?
Hola!!
Si necesitas información sobre nuestros sistemas escríbenos...